En sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 30 de octubre de 2015 se ha aprobado un Procedimiento extraordinario de finalización de estudios de títulos universitarios en extinción.

(ver documento)

 

En cumplimiento del apartado quinto del mismo, sobre procedimiento y plazos, se establece lo siguiente:

A. PRIMER PLAZO, PARA ASIGNATURAS DE PRIMER Y SEGUNDO CUATRIMESTRE Y ASIGNATURAS ANUALES:

1. LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD por parte de los estudiantes, en la que se indicará la asignatura o asignaturas (con un máximo en este caso de 9 créditos) del plan en extinción que quiere reconocer, ante el Decanato o Dirección del Centro o Escuela al que corresponda la titulación en extinción se formalizará DESDE EL 3 AL 10 DE NOVIEMBRE DE 2015.

2. LA RESOLUCIÓN Y COMUNICACIÓN A LOS ESTUDIANTES, una vez comprobado por el Centro o Escuela que el estudiante cumple con los requisitos para acogerse a este procedimiento, DESDE EL 11 AL 20 DE NOVIEMBRE DE 2015.

3. LA FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA con carácter extracurricular, DESDE EL 23 AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2015.

B. SEGUNDO PLAZO, EXCLUSIVAMENTE PARA ASIGNATURAS DE SEGUNDO CUATRIMESTRE:

1. LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD por parte de los estudiantes, en la que se indicará la asignatura o asignaturas (con un máximo en este caso de 9 créditos) del plan en extinción que quiere reconocer, ante el Decanato o Dirección del Centro o Escuela al que corresponda la titulación en extinción se formalizará DESDE EL 11 AL 18 DE ENERO DE 2016.

2. LA RESOLUCIÓN Y COMUNICACIÓN A LOS ESTUDIANTES, una vez comprobado por el Centro o Escuela que el estudiante cumple con los requisitos para acogerse a este procedimiento, DESDE EL 28 DE ENERO AL 5 DE FEBRERO DE 2016.

3. LA FORMALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA con carácter extracurricular, DESDE EL 8 AL 12 DE FEBRERO DE 2016.

Como se recoge en la disposición adicional de este procedimiento extraordinario, cuando las asignaturas que deba matricular el estudiante sean asignaturas del primer cuatrimestre del presente curso académico 2015-2016, tendrá derecho a acogerse a la evaluación única final prevista en el artículo 8 de la Normativa sobre Evaluación y Calificación de los estudiantes de la Universidad de Granada (aprobada en sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 20 de mayo de 2013), sin necesidad de solicitud previa al director del Departamento de la asignatura o asignaturas objeto de este procedimiento, lo que deberá comunicar al mismo en el plazo de cinco días hábiles desde la fecha de la matrícula.

Comentarios   

0 # OBSOLETA?Miguel Ángel Jódar 13-02-2018 20:42
La Normativa sobre Evaluación y Calificación de los estudiantes de la Universidad de Granada sufrió modificaciones posteriores al 20 de mayo de 2013 por lo que, entiendo, habría que actualizar esta información según dichas modificaciones...

Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 112. 9 de noviembre de 2016.
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