Las "Normas de permanencia para las enseñanzas universitarias oficiales de Grado y Máster de la Universidad de Granada" en su artículo 3º indican:

1. Número de convocatorias de evaluación La Universidad garantizará un mínimo de dos convocatorias por curso académico para la evaluación de una determinada asignatura. Para superar una determinada asignatura, un estudiante dispondrá de un máximo de 6 convocatorias, entre ordinarias y extraordinarias. A estos efectos, la matrícula de una determinada asignatura da derecho a 2 convocatorias de evaluación. Para el cómputo del máximo de 6 convocatorias se contabilizarán todas en las que matricule el estudiante, aunque no se presente a los procedimientos de evaluación y figure en las actas de evaluación con la anotación de "no presentado".La no superación de la asignatura en la última convocatoria en la que se haya estado matriculado determinará la imposibilidad de continuar los respectivos estudios en la Universidad de Granada."

El Consejo de Gobierno de la UGR en sesión celebrada el día 17 de octubre de 2014 aprobó el establecimiento de una convocatoria
excepcional de gracia para los estudiantes que cursen enseñanzas oficiales de Grado en la Universidad de Granada que en el momento de aprobación de dicha convocatoria ya hubieran agotado el número máximo de 6 convocatorias.

En virtud de ello se abrió un plazo de solicitud que concluyó a las 14 horas del día 28 de noviembre de 2014. No obstante, puede haber estudiantes que, aun habiendo agotado las seis convocatorias antes del 17 de octubre de 2014 y reuniendo el resto de requisitos, no solicitaron acogerse a dicha convocatoria en el plazo fijado en un primer momento. Con objeto de poder atender la situación referida anteriormente, se abre un nuevo plazo de solicitud que concluirá a las 14 horas del día 30 de abril de 2015.

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Requisitos

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